Con avances en cuanto al reconocimiento de las excepciones en caso de licencia por violencia de género, o por tareas de cuidado, el resultado de la última reunión paritaria refuerza nuestro análisis y la propuesta realizada en la pasada asamblea y comunicaciones de nuestra lista.
El acuerdo al que estamos llegando con la UNLu contiene prácticamente la totalidad de los reclamos presentados por ADUNLu a la primer reunión paritaria realizada el 13 de mayo de este año, avanzando incluso en otras mejoras, y sólo faltando la compensación de gastos (*). La demora en aplicarlo, por lo tanto, es negativa para las y los docentes de toda la UNLu.
Ante la sobrecarga que nos ha producido a todas y todos esta modalidad de trabajo no podemos minimizar estos logros, por el contrario, tenemos que pararnos sobre ellos y utilizar todas las herramientas gremiales para alcanzar las demás expectativas.
Una negociación a todo o nada, se enfrenta a la realidad de no contar con una protección ante la continuidad de nuestro trabajo en aislamiento.
Hemos dado este debate en la Comisión Directiva, desde donde propondremos tratar en Asamblea la nueva propuesta de la Universidad. Consideramos que es preciso avanzar con la firma de los acuerdos alcanzados para frenar la sobrecarga laboral.
¿Qué incluye este acuerdo aún no vigente?
Entre otros puntos:
- Mecanismos concretos para evitar la sobrecarga laboral: Definición de la jornada laboral en base al CCT y posibilidad de modificar el horario declarado previamente a la pandemia. Además, la dedicación total a la docencia no podrá exceder las 18 hs para la exclusiva, 12 hs para la semi y 8 para la simple. Derecho a la desconexión.
- Suspensión de las evaluaciones en docencia, y proyectos de investigación y extensión.
- Excepciones: Se podrán solicitar por las y los docentes:
-
Cuando se considere que existen impedimentos de carácter académico, epistemológico y/o pedagógico para llevar a cabo la actividad académica,
-
por licencias extraordinarias, por violencia de género, tareas de cuidado y las establecidas por el gobierno nacional en el marco de la emergencia sanitaria.
-
por no disponer de equipamiento tecnológico y que la universidad no pueda proveerlo, no disponer de las condiciones habitacionales necesarias.
- Continuidad laboral.
- Condiciones de trabajo. Se incluye en el acuerdo la prohibición de exigir a las y los docentes la adquisición de equipamiento extraordinario, con el compromiso de la Universidad de poner a disposición los recursos tecnológicos existentes. Además se deja explícitamente claro que la prestación laboral bajo la modalidad remota no altera ni modifica los principios de libertad académica, epistemológica y pedagógica con la que se desarrolla la actividad docente.
- Implementación de programas de capacitación.
- Además, se establece que el trabajo remoto no puede afectar derechos adquiridos, incluyendo la participación sindical.
- La posibilidad de volver al trabajo en forma presencial deberá ser acordado, luego de habilitarse por el gobierno nacional, en base a un nuevo acuerdo paritario.
¿Qué sucedió en la reunión paritaria del 19 de agosto?
Los representantes por la UNLu respondieron uno a uno los reclamos realizados en la reunión anterior en base al mandato de la Asamblea y propusieron incorporar las excepciones al trabajo remoto para los casos de licencia por violencia de género y por tareas de cuidado.
En el primer caso, adhiriendo al protocolo aprobado para la Administración Pública Nacional (Resolución 170/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros) hasta tanto se establezca uno específico para la UNLu.
En el segundo caso, haciendo referencia a la normativa nacional que establece licencias extraordinarias en el marco de las medidas de aislamiento por la emergencia sanitaria (Resolución 3/2020 JGM, Decisión Administrativa 390/2020 JGM).
Por otro lado, rechazaron nuevamente la incorporación de la pausa virtual, y la reversibilidad del trabajo remoto. No aceptaron incorporar otras referencias o medidas ante la sobrecarga laboral a las ya incorporadas y reiteraron la negativa a otorgar un bono de compensación de gastos.
Al finalizar la reunión sin acuerdo en algunos puntos, y con el mandato de no firmar hasta tanto se consiga la totalidad de los reclamos, se deberá continuar el debate el próximo miércoles 2/9.
Respecto de los puntos a los que la Universidad manifestó su negativa:
La pausa virtual fue propuesta como una medida para reducir la sobrecarga laboral, al permitir reorganizar el cuatrimestre con períodos de pausa en el envío de trabajos o dictado de clases a les estudiantes, pero consideramos que puede ejercerse en el marco de la libertad académica, explícitamente garantizada en el acuerdo.
La reversibilidad consiste en la posibilidad de revertir la adhesión o prestación de la labor docente bajo esta modalidad de trabajo. Fue incorporado en la propuesta de ADUNLu como un mecanismo de notificar a la Universidad la imposibilidad de continuar con el trabajo remoto, pero consideramos que con la redacción definitiva de la sección de excepciones se encuentra cubierta esta posibilidad.
Estas últimas dos propuestas no formaban parte del pliego inicial de 13 puntos presentado en mayo del corriente año.
Respecto de la sobrecarga laboral, el texto del acuerdo incluye completamente el reclamo de ADUNLu (ver imagen al pie).
Respecto del bono de compensación de gastos, único punto faltante de nuestro pliego presentado el 13 de mayo, consideramos que su reclamo debe continuar con todas las herramientas gremiales que consideremos.
Para finalizar insistimos en el análisis. La mejor alternativa para la negociación paritaria es avanzar con la firma de los acuerdos alcanzados, para que prontamente se traduzcan en resguardos ante la sobrecarga laboral. A partir de allí concentrar los esfuerzos gremiales en continuar trabajando para lograr el reconocimiento económico que exigimos, como así también incorporar nuevas problemáticas que surjan en esta modalidad de trabajo remoto.
--------------------------------------
(*) Recorte de la primer acta de la Comisión paritaria (en archivo adjunto) que incluye el reclamo presentado por ADUNLu.